Decreto Supremo N° 7875

Edición: 334
14 DE DICIEMBRE DE 1966 .- Crea la Condecoración Especial del “Mérito Civil”.
Fecha de publicación

8 de febrero de 1967

DECRETO SUPREMO Nº 07875

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que en la nueva etapa de reconstrucción del país iniciada por el Gobierno Constitucional, es necesario el reconocimiento del Estado a los servicios prestados a la Nación por instituciones públicas y privadas de carácter cultural, social, laboral y empresarial, así como por ciudadanos que se hubieran distinguido en el campo de sus actividades profesionales y particulares con las que honran a la Nación.

Que la creación de la Orden Nacional del Cóndor de los Andes, obedeció al deseo de que la Nación reconozca y premie eminentes servicios prestados a ella por ciudadanos extranjeros.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.-Créase la Condecoración Especial del “MERITO CIVIL”, destinada a premiar servicios prestados a la Nación por instituciones públicas y privadas de la República que tengan carácter cultural, social, laboral, empresarial o deportivo, así como por ciudadanos particulares.

ARTÍCULO 2.-La Condecoración Especial del “MERITO CIVIL”, se dividirá en tres categorías, a saber:

GRAN PLACA DE OFICIAL

PLACA DE OFICIAL

MEDALLA DE OFICIAL

ARTÍCULO 3.-La Condecoración Especial del “MERITO CIVIL”, se concederá en virtud de una Resolución Suprema, a solicitud de la Secretaría General de la Presidencia de la República, en la que se deberán consignar los servicios prestados por la persona o entidad propuesta.

ARTÍCULO 4.-Un Reglamento Especial determinará las insignias y particularidades de la Orden.

ARTÍCULO 5.-Derógase el Decreto Supremo No. 00837, de 17 de julio de 1947, quedando, en consecuencia, en todo su vigor y para los casos señalados específicamente, los Decretos Supremos de 18 y 21 de abril de 1925.

ARTÍCULO 6.-El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y seis años.

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO,Alberto Crespo G., José Romero L., Rolando Pardo, Edgar Ortiz L., Gral. Hugo Suárez G., Cnl. César Loma N., Florencio Alvarado, Hugo Bozo A., Marcelo Galindo de U.