Decreto Supremo N° 6825

Edición: 202
14 DE JULIO DE 1964 .- Convoca a Congreso Ordinario a los HH. Senadores y Diputados Nacionales, a reunirse en la ciudad de La Paz, debiendo inaugurar sus sesiones el día 6 de Agosto.
Fecha de publicación

29 de julio de 1964

DECRETO SUPREMO Nº 06825

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que el artículo 46 de la Constitución Política del Estado dispone, que el H. Congreso Nacional se reunirá ordinariamente cada año el día 6 de agosto;

CON EL DICTAMEN DEL CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.-Convócase a Congreso Ordinario a los HH. Senadores y Diputados Nacionales, que se reunirá en la ciudad de La Paz, debiendo inaugurar sus sesiones el día 6 de Agosto con el ceremonial de estilo.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 14 días del mes de julio de mil novecientos sesenta y cuatro años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO,J. Fellman V., R. Leytón M., G. Ariñez V., E. Arauco Paz, A. Fortún Sanjinés, G. Jáuregui G., C. Humboldt B., J. Otero Calderón.