Decreto Supremo N° 6781
DECRETO SUPREMO Nº 06781
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el pago de Prestación Vial es un impuesto de carácter general y obligatorio para todos los estantes y habitantes del país, mayores de 21 y menores de 60 años;
Que, dada la precaria situación económica por la que atraviesan los Beneméritos de la Patria y, en justo reconocimiento a su actuación en la campaña del Chaco en defensa de la integridad territorial, se hace necesario dictar la medida legal que les exima de dicha obligación;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.-A partir de la presente gestión económica, libérase del pago del impuesto de Prestación Vial a que se refiere el D.S. No. 06411 de 29 de marzo de 1963, a todos los ciudadanos declarados “Beneméritos de la Patria”.
ARTÍCULO 2.-Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Obras Públicas y Comunicaciones y de Hacienda y Estadística, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO,F. Iturralde Ch., R. Leytón, J. Escobar, R. Zavaleta, A. Fortún Sanjinés, G. Jáuregui G., Gral. L. Rodríguez B., E. Arauco Paz, J. Otero Calderón.