Ley N° 289

Edición: 182
30 DE DICIEMBRE DE 1963 .- Autoriza al Tesoro Nacional el descuento de $b. de las planillas de pago de suboficiales, clases, musicos, y sanitarios de servicios técnicos y asimilados del Servicio técnicos y asimiladosdel Servicio activo y jubilados, con destino a la caja de ayuda mutua y asistencia social de la Asociacion Nacional de Sub oficiales, clases, y musicos de la nacion.
Fecha de publicación

11 de marzo de 1964

LEY Nº 289

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1.Con destino a la Caja de Ayuda Mutua y Asistencia Social de la Asociación Nacional de Suboficiales, Clases y Músicos de la Nación, autorízase al Tesoro Nacional proceda al descuento de VEINTE PESOS BOLLIVIANOS, mensualmente, de las planillas de pago a suboficiales, clases, músicos y sanitarios; de servicios técnicos y asimilados del Servicio activo y jubilados de las Fuerzas Armadas de la Nación.

Artículo 2. Los fondos descontados que señala el artículo 1° de la presente ley, serán depositados en cuenta especial del Banco Central de Bolivia.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 6 de diciembre de 1963.

Fdo. José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ismael Olivares, Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Alfredo Aguirre B., Diputado Secretario, Germán Claros C., Diputado Secretario,

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO,Gral. Luis Rodríguez Bidegaín, Ministro de Defensa Nacional.