Decreto Supremo N° 6256

Edición: 110
19 DE OCTUBRE DE 1962 .- El Fiscal General de la Caja Nacional de Seguridad Social, será designado por el Presidente de la República, de una terna de profesionales abogados propuesto por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Fecha de publicación

24 de octubre de 1962

DECRETO SUPBEMO Nº 06256

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer las atribuciones del Fiscal General de la Caja Nacional de Seguridad Social, carga creado por el Decreto Supremo con fuerza de ley No. 06160 de 11 de julio del presente año;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.-El Fiscal General de la Caja Nacional de Seguridad Social, será designado por el Presidente de la República, de una terna de profesionales abogados propuesto por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

ARTÍCULO 2.-En el desempeño de sus funciones, dependerá directamente del Poder Ejecutivo y su nombramiento tendrá un período de duración de dos años.

ARTÍCULO 3.-Las remuneraciones de la Fiscalía General, así como sus gastos de administración serán pagados por la Caja Nacional de Seguridad Social, los mismos que serán fijados, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en su presupuesto ordinario.

ARTÍCULO 4.-Conforme al Art. 17 del Decreto Supremo al que se ha hecho referencia en la parte considerativa, las funciones y atribuciones del Fiscal General, en orden al control y fiscalización legal de los diferentes organismos de la Caja Nacional de Seguridad Social, serán las siguientes:

ARTÍCULO 5.-Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

El señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y dos años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO,José Fellman V., A. Franco Guachalla, José Antonio Arze Murillo, A. Cuadros Sánchez, Gral E. Nogales Ortíz, Mario Guzmán Galarza, A. Gumucio Reyes, Fernando Ayala R., Simón Cuentas, R. Jordán Pando.