Decreto Supremo N° 6236

Edición: 107
28 DE SEPTIEMBRE DE 1962 .- Para su vigencia durante la gestión de 1962, se aprueba el Presupuesto adicional de Ingresos y Egresos de la Prefectura del Departamento de Oruro.
Fecha de publicación

3 de octubre de 1962

DECRETO SUPREMO Nº 06236

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO :

Que en cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, la Prefectura del Departamento de Oruro elevó al Ministerio de Hacienda, un proyecto de Presupuesto adicional de Ingresos y Egresos, como complemento a su Presupuesto aprobado en fecha 30-VII-62 por D.S. No. 06168.

Que las reparticiones técnicas del Ministerio de Hacienda han concluido con el estudio y ordenamiento del proyecto citado, corresponde al Poder Ejecutivo aprobar para su vigencia legal.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA :

ARTÍCULO ÚNICO.-Para su vigencia durante la gestión de 1962, se aprueba el Presupuesto adicional de Ingresos y Egresos de la Prefectura del Departamento de Oruro.

INGRESOS (En miles de Bs.) Párrafo “D” Ingresos Varios

Partida 22 Superávit Gestión 1962 Bs. 298.794.2 EGRESOS FUNCION A ADMINISTRACION GENERAL

PROGRAMA I ADMINISTRACION CENTRAL SUBPROGRAMA 1 Prefectura del Departamento 02.- Unidad Ejecutora: OFICINA DEL PREFECTO Y SECRETARIA GRAL.

Apropiaciones Giro Clave Partidas Presupuesto

1962 Presupuesto Adicional (En miles de Bs.) 5-15 41 I.- SERVICIOS PERSONALES

Personal Supernumerario (Consejo Regional de Desarrollo Económico) (Creación)…………………………………….

11.000.0 Total…………………….. - 11.000.0

II.—GASTOS GENERALES 5-15 41 Gastos Varios e Imprevistos………….. 52.768.8 35.000.0 Total…………………….. 52.768.8 35.000.0

A.- INVERSIONES DIRECTAS 5-54 50a Proyecto 3 - Edificaciones Escolares

Campesinas………………………….. 51.110.0 29.879.4 5-55 50a Proyecto 4 - Obras Públicas Capital……………………………….…… 85.977.5 84.172.8 5-62 50a Adquisición de una Draga (Creación)…………………………………. - 138.742.0 Total…………………….. 137.087.5 252.794.2 Total del Subprograma………………….. 189.856.3 298.794.2

El señor Ministro de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y dos años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO,Alfonso Gumucio Reyes, Simón Cuentas, Mario V. Guzmán G, Raúl Pérez A, Guilelrmo Jáuregui, Roberto Jordán Pando.