Decreto Supremo N° 6154

Edición: 95
06 DE JULIO DE 1962 .- A partir del mes de julio del presente año la participación de las municipalidades sobre el impuesto a la plus valía de propiedades inmuebles urbanas se depositará directamente por las oficinas recaudadoras de la Renta en el Banco Central de Bolivia, a la orden del respectivo Tesoro Municipal, previo descuento de la comisión de recaudación.
Fecha de publicación

11 de julio de 1962

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