Decreto Supremo N° 6074

Edición: 84
18 DE ABRIL DE 1962 .- Amplíase el D.S. No. 06028, de 16 de marzo del presente año, convocándose a elecciones de dos Senadores Suplentes para el domingo 3 de junio próximo, en cada uno de los Departamentos de La Paz y Santa Cruz.
Fecha de publicación

25 de abril de 1962

DECRETO SUPREMO Nº 06074

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo con su espíritu verazmente democrático, considera necesario contribuir a que los partidos políticos minoritarios tengan mayor participación en las H. Cámaras Legislativas;

Que algunos Departamentos carecen de Senadores Suplentes por no haber alcanzado los candidatos a la cuarta parte del total de votos obtenidos por los Senadores Propietarios, como establece el Artículo 130º de La Ley Electoral;

Que por Decreto Supremo dictado con fuerza de Ley en fecha 18 del presente ha sido modificado el porcentaje del 25% que señalaba el Art. 130º del Estatuto Electoral al 10%, para la adjudicación de las suplencias de Senadores;

Que es necesario llenar las suplencias vacantes del H. Senado Nacional.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase el D.S. No. 06028, de 16 de marzo del presente año, convocándose a elecciones de dos Senadores Suplentes para el domingo 3 de junio próximo, en cada uno de los Departamentos de La Paz y Santa Cruz.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos sesenta y dos años.

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO,José Fellman V., José Antonio Arze M., A. Cuadros Sánchez, A. Gumucio Reyes, Fernando Ayala R., Guillermo Jáuregui G., R. Pérez Alcalá, Jaime Otero Calderón.