Decreto Supremo N° 5982

Edición: 73
26 DE ENERO DE 1962 .- En tanto se cree un organismo especializado, el Consejo Nacional de Caminos tendrá un Departamento de Vías Fluviales, con el fin de efectuar estudios, planes y demás actividades relacionadas con la navegación fluvial en la República.
Fecha de publicación

7 de febrero de 1962

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