Ley N° 147

Edición: 70
29 DE DICIEMBRE DE 1961 .- DIRECCIÓN NACIONAL DEL HIERRO Y MATERIALES SIDERURGICOS. Créase la DIRECCIÓN GENERAL DEL HIERRO Y MATERIALES SIDERURGICOS.
Fecha de publicación

17 de enero de 1962

LEY Nº 147

LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 1961

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1.Créase la DIRECCION GENERAL DEL HIERRO Y MATERIALES SIDERURGICOS, dependiente del Ministerio de Minas y Petróleo, que tendrá a su cargo los estudios y tramitaciones referente a la explotación e industrialización de los minerales de hierro existentes en el territorio de la Nación. Todos los documentos que existen tanto en el Ministerio de Minas como en el Banco Minero pasarán a centralizarse en esta Dirección General:

Artículo 2.Son facultades y funciones de la Dirección General:

Artículo 3.Tanto la organización del personal como el presupuesto correspondiente, estarán a cargo del Ministerio de Minas y Petróleo.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 18 de diciembre de 1961.

Fdo. Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional, Edil Sandoval Morón, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fernando Ayala R., Senador Secretario, Ciro Humboldt B., Senador Secretario, Jorge Canedo, Diputado Secretario, Germán Claros, Diputado Secretario.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y un años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Luis Gutiérrez Granier, Ministro de Defensa Nacional.